Número 13 - Periodicidad Mensual
Edición Diciembre-Enero 2009
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Solo un 1% de los autónomos dependientes se benefician de los derechos sociales contemplados en la ley

* La figura del autónomo económicamente dependiente (TRADE, trabajador autónomo dependiente), el estandarte de la Ley del Estatuto del Trabajador Autónomo, parece que no está teniendo el éxito que en un principio se podía esperar y que los beneficios y derechos sociales a los que se podían acoger un gran número de autónomos no está siendo disfrutados ni por casi un 1% del total de estos trabajadores, según cifras que publica el diario Expansión

CEl desconocimiento hacia esta figura y la parálisis administrativa, con un incumplimiento continuo de plazos estimados en el desarrollo de la Ley del Estatuto, han sido la tónica dominante desde la aprobación del documento legislativo.
Según datos de los Servicios Públivos de Empleo, que recoge Expansión, de los 330.000 trabajadores autónomos que reciebn al menos el 75% de su facturación de una misma empresa y que, por tanto, tienen el carácter de económicamente dependientes, sólo 2.700 se han inscrito en el registro oficial de trades que fue creado en marzo de 2008, como medida provisional antes de desarrollo de la Ley.

Los plazos no se han cumplido en ningún momento. La Ley establecía un plazo de un año desde la fecha de entrada en vigor del Estatuto, el 12 de cotubre de 2007, para que se aprobase un reglamento que especificase un contrato tipo con las condiciones que debía recoger. A fecha de hoy, ese reglamento aún no se ha aprobado y sigue pendiente del visto bueno del Consejo de Estado.

Junto con ello, no se ha producido ninguna campaña informativa oficial por parte del Gobierno acerca de los nuevos derechos de este tipo de autónomos, lo que ha generado desconocimiento total.

En el caso del transporte, a fecha de noviembre de 2008, el número de autónomos afiliados era de 233.555, de los cuales un escaso porcentaje han solicitado su registro como trades. Sólo en algunos sectores concretos, como la paquetería o el sector de portavehículos y en algún caso el sector de transporte frigorífico también, se han producido algunos acuerdos entre empresarios y autónomos para su condición de dependientes.

Intereses al respecto
A algunos empresarios sí les interesa reconocer a los autónomos dependientes por el tipo de trabajo que desempeñan y su estructura empresarial, mientras que en otros muchos sectores la opinión respecto al autónomo dependiente siempre ha sido en contra, puesto que recurren a este tipo de trabajadores para no asumir los gastos que generan los empleados.
No obstante, la escasa información que se ha proporcionado ha levado a muchos a no analizar el problema de cerca y observar su posible conveniencia dentro de su modelo empresarial.
En cuanto a las moratorias contempladas en la Ley, es un nuevo ejemplo de desabarajuste, puesto que se contemplaba a los transportistas un período de un año para comunicar a la empresa su condición de dependiente, y al mismo tiempo se establecía un plazo de 18 meses para el empresario para adecuar los contratos a partir de la aprobación del reglamento que desarrollase la Ley.

El primer plazo para los transportistas ha concluido mientras que el segundo no ha empezado a contar aún.
Se quiere, por parte de las asociaciones de autónomos, incluir una disposición en el Reglamento próximo que se apruebe para que los autónomos puedan comunicar su condición de dependientes hasta un año después de la aprobación de dicho reglamento.


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