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inicio
Solo
un 1% de los autónomos dependientes se benefician de los derechos
sociales contemplados en la ley
* La
figura del autónomo económicamente dependiente (TRADE,
trabajador autónomo dependiente), el estandarte de la Ley del
Estatuto del Trabajador Autónomo, parece que no está teniendo
el éxito que en un principio se podía esperar y que los
beneficios y derechos sociales a los que se podían acoger un
gran número de autónomos no está siendo disfrutados
ni por casi un 1% del total de estos trabajadores, según cifras
que publica el diario Expansión
CEl
desconocimiento hacia esta figura y la parálisis administrativa,
con un incumplimiento continuo de plazos estimados en el desarrollo
de la Ley del Estatuto, han sido la tónica dominante desde
la aprobación del documento legislativo.
Según datos de los Servicios Públivos de Empleo, que
recoge Expansión, de los 330.000 trabajadores autónomos
que reciebn al menos el 75% de su facturación de una misma
empresa y que, por tanto, tienen el carácter de económicamente
dependientes, sólo 2.700 se han inscrito en el registro oficial
de trades que fue creado en marzo de 2008, como medida provisional
antes de desarrollo de la Ley. |
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Los plazos
no se han cumplido en ningún momento. La Ley establecía
un plazo de un año desde la fecha de entrada en vigor del Estatuto,
el 12 de cotubre de 2007, para que se aprobase un reglamento que especificase
un contrato tipo con las condiciones que debía recoger. A fecha
de hoy, ese reglamento aún no se ha aprobado y sigue pendiente
del visto bueno del Consejo de Estado.
Junto con ello, no se ha producido ninguna campaña informativa
oficial por parte del Gobierno acerca de los nuevos derechos de este
tipo de autónomos, lo que ha generado desconocimiento total.
En el caso del transporte, a fecha de noviembre de 2008, el número
de autónomos afiliados era de 233.555, de los cuales un escaso
porcentaje han solicitado su registro como trades. Sólo en algunos
sectores concretos, como la paquetería o el sector de portavehículos
y en algún caso el sector de transporte frigorífico también,
se han producido algunos acuerdos entre empresarios y autónomos
para su condición de dependientes.
Intereses al respecto
A algunos empresarios sí les interesa reconocer a los autónomos
dependientes por el tipo de trabajo que desempeñan y su estructura
empresarial, mientras que en otros muchos sectores la opinión
respecto al autónomo dependiente siempre ha sido en contra, puesto
que recurren a este tipo de trabajadores para no asumir los gastos que
generan los empleados.
No obstante, la escasa información que se ha proporcionado ha
levado a muchos a no analizar el problema de cerca y observar su posible
conveniencia dentro de su modelo empresarial.
En cuanto a las moratorias contempladas en la Ley, es un nuevo ejemplo
de desabarajuste, puesto que se contemplaba a los transportistas un
período de un año para comunicar a la empresa su condición
de dependiente, y al mismo tiempo se establecía un plazo de 18
meses para el empresario para adecuar los contratos a partir de la aprobación
del reglamento que desarrollase la Ley.
El primer plazo para los transportistas ha concluido mientras que el
segundo no ha empezado a contar aún.
Se quiere, por parte de las asociaciones de autónomos, incluir
una disposición en el Reglamento próximo que se apruebe
para que los autónomos puedan comunicar su condición de
dependientes hasta un año después de la aprobación
de dicho reglamento.
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