Estas son las multas que te pueden poner en Barcelona si tienes perro

Las sanciones interpuestas contra los dueños de perros de la ciudad condal que no han respetado la normativa establecida en la Ordenanza de Protección, Tenencia y Venta de Animales municipal se ha disparado durante los últimos años. 

Perro suelto sin correa en parque de Barcelona donde se contemplan multitud de multas

Las multas relacionadas con la tenencia de perro o animales de compañía en Barcelona han aumentado exponencialmente durante el último año. Tal y como reflejaba el periódico La Vanguardia en un artículo de este mes. Alcanzando las 2.463 multas durante todo el 2017 interpuestas contra dueños de canes por parte de la Guardia Urbana barcelonesa. Una cifra que supone, concretamente, un aumento cercano al 10% respecto al año anterior, cuando se registraron 2.248 sanciones, y más de un millar más que en 2015, cuando únicamente se interpusieron 1.417 denuncias de los agentes.

Entre las multas más recurrentes destacan las relacionadas con la tenencia de Perros Potencialmente Peligrosos o PPP. Hasta 15 posibles sanciones contempla la actual ordenanza, que data del año 2015. Y a la que se añaden otras cuantas previsibles sanciones en caso de “animales potencialmente peligrosos”.

Van desde la tenencia de estos animales sin la obligatoria licencia PPP -259 según el diario-, que ya os explicamos cómo conseguir, hasta el abandono del mismo, pasearlo sin bozal -533 multas- o correa -124 sanciones-, o no tener contratado el seguro de responsabilidad civil obligatorio para perros PPP -que supuso 231 multas-.

El resto de sanciones más habituales son que no esté censado el perro -295 sanciones-, que no tenga el chip identificativo -120 sanciones- o que el animal estuviese en parques o jardines infantiles donde está prohibido llevar a los perros -lo que supuso 91 multas en todo el 2017-.

A continuación os dejamos el listado de infracciones que contempla la ordenanza municipal de Barcelona, extraído de la web del Ayuntamiento:

Infracciones contempladas en la Ordenanza de Protección, Tenencia y Venta de Animales (PTVA):

Siglas normativa Código infracción Artículo Descripción
PTVA 4901 51.4 w La crianza de animales de compañía en domicilios particulares, si no comporta riesgos para su salud.
PTVA 4903 44.3 c Decreto L. 2/2008 No vacunar o no realizar los tratamientos obligatorios a los animales de compañía en área de restricción por foco de rabia.
PTVA 4904 51.3 c No vacunar o no realizar los tratamientos obligatorios a los animales de compañía.
PTVA 4905 51.3 l Hacer un uso no autorizado de animales en espectáculos, incluyendo el uso de animales en espectáculos, filmaciones, actividades publicitarias, actividades culturales o religiosas y cualquier otra actividad siempre que les pueda ocasionar daño o sufrimiento.
PTVA 4906 51.3 r Abandonar animales si no les puede comportar ningún riesgo.
PTVA 4907 51.4 a Animal de compañía sin identificar mediante microchip.
PTVA 4908 51.4 b Animales de compañía no censados.
PTVA 4909 51.4 b No comunicar la baja, cesión o cambio de residencia del animal en el Registro Censal Municipal.
PTVA 4910 51.4 g Transportar animales de compañía por medio del transporte público con vulneración de los requisitos establecidos.
PTVA 4911 51.2 g Practicar la caza, la captura en vivo, la venta, la tenencia, el tráfico, el comercio o la exhibición pública de animales, o de los huevos y las crías de éstas o de cualquier parte o producto obtenido de las especies de la fauna autóctona o no autóctona.
PTVA 4912 51.4 m Hacer exhibición ambulante de animales como reclamo.
PTVA 4913 51.4 n Mantener los animales sin la alimentación e hidratación suficiente y equilibrada o en instalaciones inadecuadas desde el punto de vista higienicosanitario de bienestar animal y de seguridad, si no les comporta un riesgo grave.
PTVA 4914 51.4 p Maltratar los animales si se les produce padecimiento o daños físicos o psicológicos, sin que les ocasione resultados lesivos.
PTVA 4915 51.3 q No dar a los animales la atención veterinaria necesaria para garantizar la salud.
PTVA 4916 51.4 t Molestar, capturar o comercializar animales salvajes urbanos.
PTVA 4917 51.4 u Mantener los animales atados más de dos horas, y en el caso de los cachorros durante más de una hora o limitarles de forma duradera el movimiento necesario para ellos.
PTVA 4918 51.4 u Alojamiento habitual de animales domésticos en sitio no autorizado.
PTVA 4919 51.4 u Dejar animales domésticos solos en el domicilio durante más de tres días consecutivos.
PTVA 4920 51.4 u Dejar animales en el interior de un vehículo estacionado durante más de 20 minutos.
PTVA 4921 51.4 v Poseer un animal salvaje no autóctono en cautividad sin tener suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil.
PTVA 4922 59.2 c Tener animales salvajes en cautividad potencialmente peligrosos.
PTVA 4923 59.2 d Tener animales salvajes en cautividad sin someterse al régimen de intervención que corresponda.
PTVA 4924 59.3 d Mantener bovinos y otra clase de ganado destinado a la producción láctea y de animales para el consumo.
PTVA 4925 51.4 o No evitar la huida de animales.
PTVA 4926 59.3 f No comunicar al Registro censal municipal y Centro Municipal de Acogimiento de Animales de Compañía la desaparición de un animal de compañía con la documentación identificativa pertinente a efectos de favorecer su recuperación.
PTVA 4927 51.4 r No dar a los animales la atención veterinaria necesaria para garantizar la salud, si eso no les causa perjuicios graves.
PTVA 4932 53.2 a Abandonar un perro potencialmente peligroso lo cual sucede cuando el animal no va acompañado de ninguna persona con independencia que lleve o no la identificación.
PTVA 4933 53.2 b Tener un perro potencialmente peligroso sin disponer de licencia.
PTVA 4934 53.2 c Vender o transmitir con cualquier título un perro potencialmente peligroso a quien no tenga licencia.
PTVA 4935 53.2 d Hacer actividades de adiestramiento de ataque no autorizadas.
PTVA 4936 53.3 a Dejar suelto un animal potencialmente peligroso.
PTVA 4938 53.3 a No haber adoptado las medidas necesarias para evitar la huida o pérdida de un animal potencialmente peligroso.
PTVA 4939 53.3 b Perro potencialmente peligroso sin identificar mediante microchip.
PTVA 4940 53.3 b Perro potencialmente peligroso no censado.
PTVA 4941 53.3 c Tener un perro potencialmente peligroso en espacios públicos sin bozal.
PTVA 4942 53.3 c Tener un perro potencialmente peligroso en espacios públicos sin estar sujeto con una correa o cadena.
PTVA 4943 53.3 d Transportar animales potencialmente peligrosos incumpliendo los requisitos normativos de seguridad.
PTVA 4944 53.3 e Negarse o resistirse a suministrar datos o a facilitar la información requerida por las autoridades competentes o sus agentes.
PTVA 4945 53.3. e Suministrar información inexacta o documentación falsa a las autoridades competentes o a sus agentes.
PTVA 4946 53.4 a Tener perros potencialmente peligrosos en vías y en espacios públicos sin que la persona que lo conduzca y controle lleve el documento identificativo o la licencia municipal.
PTVA 4947 53.4 a Tener perros potencialmente peligrosos en vías y en espacios públicos sin que la persona que lo conduzca y controle lleve la certificación acreditativa de la inscripción registral.
PTVA 4948 53.4 b Tener perros potencialmente peligrosos en vías y en espacios públicos para menores de dieciocho años.
PTVA 4949 53.4 c Tener más de un perro potencialmente peligroso una sola persona en vías y espacios públicos.
PTVA 4950 53.4 d Tener perros potencialmente peligrosos en vías y espacios públicos con una correa o cadena extensible o de longitud superior a 2 metros.
PTVA 4951 53.3 g No contratar seguro de responsabilidad civil exigible a los propietarios de perros potencialmente peligrosos.
PTVA 4952 53.3 f No cumplir las medidas de seguridad establecidas para las instalaciones que alberguen perros potencialmente peligrosos (paredes, puertas y vallas altas, consistentes y bien fijadas; recinto señalizado).
PTVA 4953 59.2 e Instalar centros de cría de animales salvajes en cautividad.
PTVA 4954 59.2 i Vender, dar en acogida o en adopción un animal de compañía sin que el nuevo propietario o poseedor haya rellenado y firmado la declaración responsable.
PTVA 4955 59.2 j Adquirir en compra, acogida o adopción un animal de compañía, cuando contrariamente a aquello declarado se compruebe que el nuevo propietario o poseedor en los últimos cinco años ha sido sancionado por infracciones que impliquen malos tratos o abandono de animales.
PTVA 4956 59.3 g Mantener los animales en instalaciones inadecuadas desde el punto de vista de seguridad.
PTVA 4960 55.2 a Animales en locales destinados a fabricación, almacenaje, transporte, manipulación o venta de alimentos.
PTVA 4961 55.3 a La presencia de animales en piscinas públicas salvo los supuestos de presencia de lperros de asistencia y de los de seguridad admitidos de conformidad con la normativa vigente aplicable.
PTVA 4963 55.3 c Incumplir las obligaciones de las personas propietarias o poseedoras de animales domésticos que hayan causado lesiones a personas u otros animales.
PTVA 4964 59.4 g Dar de comer o proporcionar alimentación de cualquier tipo y manera, sin la autorización administrativa correspondiente, a los jabalíes o cualquier otro animal salvaje que se encuentren vías o espacios públicos.
PTVA 4965 59.4 h Acercarse a los jabalíes y a cualquier otro animal salvaje en cualquier circunstancia susceptible de comportar peligro para las personas.
PTVA 4966 59.3 h Tener animales de compañía en la vía y en los espacios públicos sin estar atados por medio de un collar o arnés y una correa o cadena cuando suponga un PELIGRO para la seguridad del propio animal, de las personas o del entorno.
PTVA 4967 59.3 i Oponer resistencia a la función inspectora u obstaculizar a la inspección de instalaciones que alojen animales.
PTVA 4968 59.3 j La negativa o resistencia a suministrar datos o a facilitar la información o documentación requerida por las autoridades competentes o por sus agentes, para el cumplimiento de sus funciones establecidas en esta Ordenanza.
PTVA 4969 59.3 b Afectar con las deposiciones, especialmente de perros y gatos, a los pisos vecinos ya sean los superiores, los inferiores o los laterales, las fachadas o la vía pública por no tomar las medidas necesarias para evitarlo.
PTVA 4970 59.2 a Permitir a animales domésticos depositar sus deposiciones y micciones en parques y jardines de uso para niños.
PTVA 4971 59.2 b Tener perros en parques infantiles o jardines de uso infantil y su entorno.
PTVA 4972 59.2 f Exhibir y pasear animales salvajes en cautividad en vías y espacios públicos y trasladarlos en transporte público.
PTVA 4973 59.4 c Tener animales domésticos en playas.
PTVA 4974 59.4 d Tener animales domésticos en los espacios públicos cuando está prohibido, siempre que no suponga un peligro para su seguridad o la de su entorno.
PTVA 4975 59.4 b Permitir a los animales domésticos efectuar sus micciones en las fachadas de los edificios o afectar en los pisos confrontados o en el mobiliario urbano.
PTVA 4976 59.3 b No recoger inmediatamente las deposiciones fecales de los animales domésticos en vías públicas y en espacios públicos o no proceder a la limpieza de los elementos afectados por las deposiciones.
PTVA 4977 59.3 c Adiestrar en la vía pública animales de compañía para actividades de ataque, defensa, guarda y similares.
PTVA 4978 59.4 e Tener animales de compañía en la vía y en los espacios públicos sin estar atados por medio de un collar y una correa o cadena siempre que no se ponga en peligro la seguridad del propio animal, de las personas o del entorno.
PTVA 4979 59.4 a Dar comida a los animales, ensuciando la vía y los espacios públicos.
PTVA 4982 51.3 b Incumplir las condiciones y los requisitos de los núcleos zoológicos establecidos al Texto refundido de la Ley de protección de los animales.
PTVA 4983 51.3 d Hacer venta ambulante de animales fuera de mercados, ferias y cualquier otro certamen autorizado.
PTVA 4984 51.3 e Incumplir la obligación de vender los animales desparasitados y libres de toda enfermedad y vacunados de todas las enfermedades establecidas que la autoridad municipal establezca.
PTVA 4985 51.3 f No entregar la documentación exigida en toda transacción de animales.
PTVA 4986 51.4 k No tener actualizado o tramitado el libro de registro de núcleos zoológicos y para las instituciones, los talleres y las personas que practican actividades de taxidermia.
PTVA 4987 51.4 f Hacer donación de un animal como premio, recompensa, gratificación o regalo de compensación para otras adquisiciones de naturaleza diferente a la transacción onerosa de animales.
PTVA 4988 51.4 j No tener en un lugar visible la acreditación de la inscripción al Registro de núcleos zoológicos.
PTVA 4989 51.4 l Exhibir animales en los escaparates de los establecimientos de venta de animales.
PTVA 4990 51.4 s Vender mediante revistas, publicaciones u otros sistemas de difusión o hacer donación de animales mediante revistas, publicaciones u otros sistemas de difusión sin incluir el número de registro de núcleo zoológico.
PTVA 4991 57.2 a El incumplimiento de las condiciones de los locales comerciales de venta de animales que no estén tipificadas como infracciones administrativas por otra normativa sectorial o por esta Ordenanza.
PTVA 4992 57.2 b Incumplimiento de las condiciones relativas a los animales en locales comerciales de venta de animales.
PTVA 4993 59.2 c Vender animales salvajes potencialmente peligrosos en cautividad.
PTVA 4994 59.2 g Vender animales salvajes en cautividad que no hayan sido criados en cautividad.
PTVA 4995 59.2 h Ofrecer o vender animales fuera de los establecimientos de venta de animales.
PTVA 4996 59.3 e Exhibir con finalidades lucrativas, vender o intercambiar animales en la vía pública.
PTVA 4998 59.3 a Tener animales domésticos en los espacios públicos cuando está prohibido, cuando suponga un PELIGRO para su seguridad o la de su entorno.
PTVA 5111 51.4 d No llevar los veterinarios un archivo con las fichas clínicas de los animales que se tienen que vacunar o tratar obligatoriamente.
PTVA 5112 51.4 e Vender animales a los menores de dieciséis años y a incapacitados sin la autorización de quienes tienen la patria potestad o la custodia.
PTVA 5113 51.4 h No poseer, el personal de los núcleos zoológicos que manipulan animales, el certificado del curso de cuidador o cuidadora, reconocido oficialmente.
PTVA 5114 51.4 i Filmar escenas ficticias de crueldad, maltrato o padecimiento de animales sin disponer de la autorización previa de la Administración competente.
PTVA 5115 51.4 q Suministrar a los animales sustancias que le causen alteraciones leves de la salud y o del comportamiento, salvo los casos amparados por la normativa vigente.
PTVA 5116 51.4 u Dejar perros solos en el domicilio durante más de 12 horas.
PTVA 5117 51.4 u No cumplir los requisitos establecidos el collar, arnés, correa, cadena que ata al animal o el bozal que lleva.
PTVA 5125 51.3 a Mantener los animales sin la alimentación o hidratación suficiente y equilibrada o en instalaciones inadecuadas desde el punto de vista higienico sanitario de bienestar animal y de seguridad si el riesgo a los animales se GRAVE.
PTVA 5126 51.3 g Maltratar o agredir físicamente a los animales o someterles a cualquier otra práctica que los produzca como resultado padecimiento o daños físicos o psicológicos, si les comporta consecuencias GRAVES para su salud.
PTVA 5127 51.3 h Utilizar animales en atracciones feriales giratorias con animales vivos ataduras y otros asimilables.
PTVA 5128 51.3 i Hacer matanzas públicas de animales.
PTVA 5129 51.3 j Hacer corridas de toros y espectáculos con toros que impliquen la muerte del animal.
PTVA 5130 51.3 k Hacer tiro al pichón u otras prácticas asimilables.
PTVA 5131 51.3 m Utilizar animales salvajes en cautividad en circos.
PTVA 5132 51.3 n Practicar la caza, la captura en vivo, la venta, la tenencia, el tráfico, el comercio, la exhibición pública y la taxidermia de animales, o de los huevos y las crías de éstas o de cualquier parte o producto obtenido de las especies, incluidas en la categoría C.
PTVA 5133 51.3 o Practicar la caza, la captura en vivo, la venta, la tenencia, el tráfico, el comercio, la exhibición pública y la taxidermia de animales, o de los huevos y las crías de éstos o de cualquier parte o producto obtenido de las especies, incluidas en la categoría C.
PTVA 5134 51.3 p Practicar la caza, la captura en vivo, la venta, la tenencia, el tráfico, el comercio, la exhibición pública y la taxidermia de animales, o de los huevos y las crías de éstas o de cualquier parte o producto obtenido de las especies, incluidas en la categoría D.
PTVA 5135 51.3 s Suministrar a los animales sustancias que les causen alteraciones graves de la salud o del comportamiento, salvo los casos amparados por la normativa vigente.
PTVA 5136 51.3 t Incumplir la obligatoriedad de esterilizar los animales de compañía en los supuestos determinados legalmente.
PTVA 5137 51.3 u Anular el sistema de identificación de los animales sin prescripción ni control veterinario.
PTVA 5138 51.3 v La crianza de animales de compañía en domicilios particulares, si comporta riesgos para su salud.
PTVA 5145 51.2 a Maltratar o agredir físicamente a los animales o someterlos a cualquier otra práctica que les produzca como resultado padecimiento o daños físicos o psicológicos si comporta consecuencias muy graves para su salud.
PTVA 5146 51.2 b Abandonar animales si les puede comportar un riesgo de daños graves.
PTVA 5147 51.2 c No evitar la huida de animales salvajes no autóctonos, de animales de compañía exóticos o híbridos en cautividad con riesgo de alteración ecológica grave.
PTVA 5148 51.2 d Esterilizar, mutilar y sacrificar animales sin control veterinario o en contra de las condiciones y requisitos establecidos por la legislación de protección de los animales.
PTVA 5149 51.2 e Organizar y participar en peleas de animales.
PTVA 5150 51.2 f Mantener los animales sin la alimentación e hidratación suficiente y equilibrada o en instalaciones inadecuadas desde el punto de vista higienico sanitario, de bienestar animal y de seguridad, si los riesgos a los animales son muy graves.
PTVA 5151 51.2 h La caza, captura en vivo, venta, tenencia, tráfico, comercio, exhibición pública y la taxidermia de animales, o de los huevos y las crías de éstas o de cualquier parte o producto obtenido de las especias, incluidas en las categorías A y B, en el anexo del Decreto legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de los animales.
PTVA 5152 51.2 i Capturar perros y gatos salvajes con el uso de armas de fuego sin la autorización correspondiente del Departamento de Medio Ambiente.
PTVA 5160 55.3 b Permitir la entrada de animales en los establecimientos de concurrencia pública cuando esté prohibido por esta Ordenanza.
PTVA 5161 55.3 d No notificar los veterinarios clínicos de la ciudad a la Administración municipal los casos que hayan atendido consistentes en lesiones producidas por agresiones entre perros.
PTVA 5170 53.3 h Adquirir un perro potencialmente peligroso personas menores de edad o privadas judicialmente o gubernativamente de tenerlo.

Es muy importante tener toda la información disponible sobre qué podemos y qué no podemos hacer con nuestras mascotas para evitar quebraderos de cabeza y disgustos de cualquier tipo. La de Barcelona es sólo una muestra del tipo de normativa que se suele aplicar en la mayoría de ayuntamientos. Por eso, y porque el desconocimiento de la norma no nos exime de su cumplimiento, esperamos que este artículo os ayude. Y os animamos a que opinéis sobre la misma, consulteis la de vuestro municipio y nos contéis qué es lo que más os ha llamado la atención.

¿Creéis que es necesario imponer tantas sanciones? ¿Es una buena medida para acabar con los dueños incívicos de mascotas? ¿O pensáis que sólo tienen una finalidad recaudatoria?

seguro para perro

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Marketing Digital, Publicidad y Comunicación Corporativa en TERRÁNEA

Jorge Monroy Criado

Marketing Digital, Publicidad y Comunicación Corporativa en TERRÁNEA

4 comentarios

  1. Los dueños en Barcelona ciudad son irresponsables,los llevan a los PP sin bozal y si vas a un parque a oscuras encontraras mas pronto que tarde alguno suelto,sin bozal y agresivo que atacara a tu perro,a mi boxer en 2 años 2 cogidas de la cabeza y 5 ataques por perros milcruces!y la palabra lo siento!!!se ha perdido

    • No hay que hablas de perros PPP, hay que hablar de dueños PP.
      Yo paseo a mi perra pitbull y varias veces a otros de acogidas de estas razas, sueltos a los que puedo y a la gran mayoria sin bozal. NUNCA he tenido probemas con otros perros, porque yo tengo una tenencia responsable, yo y cientos de personas que nos vemos día a día discriminadas por tener perros que por culpa DEL SER HUMANO se les ha catalogado como peligrosos.

  2. Es necesaria la sanción económica ya que la mayoría de las personas que tienen perros los pasean por los parques infantiles y dejan allí las heces de los animales sin recoger. Lo he documentado con fotos y si les llamas la atención y les dices que está prohibida la entrada, se ponen como trogloditas. No respetan los espacios infantiles,by la única solución es tocarles el bolsillo, las veces que sean necesarias.

    • El problema en Barcelona, es que no hay suficientes espacios para que nuestras mascotas caninas corran sueltas y sociabilicen, lo cual es muy importante para tener perros estables. Hay más perros que niños actualmente, y menos espacios para perros que para niños, curioso no?? Y con esta normativa se criminalitza y discrimina socialmente a propietarios y mascotas. Las zonas ZUC son ridículas, insuficientes, pequeñas y horarios para estar sueltos insultantes… Todos los Q sois antiperros, pq no nos ayudáis a exigír al ayuntamiento, mas espacios para perros y propietarios donde puedan correr sueltos a cualquier hora del día y así evitar problemas y tener mascotas sanas y no frustradas o agresivas? Que fácil es marginarnos, arrinconarnos, aislar nos socialmente…. Està normativa traerá muchos problemas y tarde o temprano exigiremos nuestros derechos. Y por suerte la malloría de propietarios somos responsables, incluso más que algunos padres con hijos a los Q si les está permitido dejarles gritar, molestar, cagar y mear en la calle, en la playa… pero pagamos justos por pecadores. Muy bonito…

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